En el estudio y compresión del estatuto de mecanismos autocompositivos de resolución de conflictos en Colombia, surge la amigable composición o el acuerdo transaccional como una de las herramientas legales, que asisten a las partes para que lleguen a una solución que convenga a las mismas, sin la necesidad de recurrir al litigio convencional y buscando así que por medio de soluciones eficientes y efectivas se garantice los intereses a las partes.
De tal manera y en mi rol como Asesor Jurídico, mi acompañamiento legal personalizado quiero presentar los siguientes aspectos claves a considerar en la amigable composición.
-Voluntariedad: La participación en la amigable composición deberá ser voluntaria para ambas partes, dado que ninguna de las partes está obligada a llegar a un acuerdo si no lo desea.
-Conciliador imparcial: El conciliador siempre actúa como un facilitador neutral que ayude a las partes a encontrar puntos en común y a buscar un acuerdo satisfactorio para ambas.
-Confidencialidad: Las conversaciones y negociaciones llevadas a cabo durante el proceso de amigable composición son confidenciales y no deberán ser divulgadas fuera del proceso.
-Flexibilidad: Las partes tienen la libertad de discutir y negociar todos los aspectos del conflicto, lo que les permite llegar a soluciones adaptables a sus necesidades individuales.
-Legalidad: Los acuerdos alcanzados mediante amigable composición tienen fuerza legal y pueden ser ejecutados como cualquier otro contrato, siempre y cuando cumplan con los requisitos legales establecidos para que presten su mérito.